Sabe usted las deducciones laborales?

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La boleta de pago contiene información que todo trabajador debe conocer
Una información que todo trabajador debe conocer es la que corresponde a las deducciones que figuran en su boleta de pago. Antes que nada, es bueno que tenga claro que la remuneración, para todo efecto legal, es el íntegro de lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, sin interesar la forma o la denominación, siempre que sea de su libre disposición.

¿En qué consisten las deducciones y cuáles son? Se puede decir que estas se dividen en tres secciones: ingresos, deducciones y contribuciones.

El ingreso corresponde a todos los conceptos por los que un empleado recibe una remuneración, como son el salario, horas extras, comisiones, transporte, recargos nocturnos y/o diurnos, entre otros. La suma de estos valores constituye lo que se llama el total de ingresos que recibe un empleado como remuneración por su trabajo.

Una vez establecido el valor total que un trabajador ha ganado en una quincena o en un mes, se resta los conceptos que por obligación el empleador debe pagar, ya sea a la empresa o a terceros.

Libre elección
Los principales descuentos que le corresponden al trabajador son su aporte pensionario, el que puede elegir entre el Sistema Nacional de Pensiones, que es 13% de sus conceptos remunerativos; o el sistema privado de pensiones (AFP), que varía sus porcentajes, dependiendo de la administradora de fondos de pensiones que se elija.

El otro descuento que te realizarán es el correspondiente a las rentas de quinta categoría. Estas rentas son generadas por los trabajadores dependientes, cuyo monto proyectado de remuneraciones, incluidas gratificaciones, participaciones, gratificaciones extraordinarias y otros ingresos que percibirán durante el periodo de un año, supere el monto equivalente a 7 UIT.

El encargado de efectuar las retenciones por renta de quinta categoría es el empleador, quien a su vez está obligado a declarar y efectuar el pago de dicho impuesto.

En cuanto a los aportes por Essalud, estos corresponden al empleador, y es él quien tiene que asumirlo.

Boletas de pago
– La boleta es un recibo de salario en el que la empresa acredita el pago de las diferentes cantidades que forman nuestro sueldo y en el que quedan registradas también las deducciones que se realizan sobre el salario. Las empresas están obligadas por ley a entregar este documento.

–Este debe incluir los datos de la empresa, es decir,  el nombre o razón social, el domicilio y el número de la Seguridad Social, mientras que del trabajador debe figurar el nombre y apellidos, número de la Seguridad Social, categoría profesional y el cargo que ocupa en la empresa. También debe incluir la antigüedad, pues esto puede determinar ascensos, premios y sobre todo las indemnizaciones en casos de despido.

Ingresos inafectos
–Las indemnizaciones previstas por las disposiciones laborales.
–Las compensaciones por tiempo de servicios (CTS), previstas por las disposiciones vigentes.
–Las rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, tales como jubilación, montepío e invalidez.
–Los subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia.

Otros descuentos
–El descuento por permiso se calcula de acuerdo con el promedio del salario por horas del trabajador.
–El descuento por tardanza se calcula por horas, es decir, si el trabajador llega pasado los minutos de tolerancia se considera tardanza y se descuenta el total por hora (Se tiene como tolerancia cinco minutos, pero esto varía de acuerdo a cada empresa).
–La empresa no puede descontar o retener valor alguno del salario a un empleado sin su consentimiento expreso, a no ser que medie orden judicial.
–Es recomendable conservar todas las boletas. No solo para probar que hemos trabajado, sino para prevenir posibles fraudes de la empresa o errores de la administración.

Para adolescentes - Autorización de trabajo
La autorización de trabajo para adolescentes es un procedimiento realizado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante el cual se otorga una constancia de permiso a las y los adolescentes, a fin de lograr su inserción en el mercado laboral, debiendo previamente cumplir con ciertos requisitos. Este procedimiento está a cargo de la Subdirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo ubicada en el tercer piso, oficina N° 308 del Ministerio de Trabajo. Está dirigido a  los adolescentes de 14 a 17 años de edad, los que deberán presentar: 
  • Copia de la partida de nacimiento o Documento  Nacional de Identidad.
  • Certificado médico otorgado por un hospital o posta médica del Ministerio de Salud o Essalud donde acredite la capacidad física, mental y emocional de los jóvenes para realizar el trabajo  (gratuito).
  • Copia del carné escolar o libreta de notas, de la constancia de estudios o certificados de estudios.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné tomada  en cualquier estudio fotográfico.
  • Copia del documento de identidad del padre, madre, familiar o tutor.
  • Nombre o razón social y domicilio del empleador y número de Registro Único de Contribuyente.
  • El costo de este trámite es totalmente gratuito.

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