La boleta de pago contiene información que
todo trabajador debe conocer
Una información
que todo trabajador debe conocer es la que corresponde a las deducciones que
figuran en su boleta de pago. Antes que nada, es bueno que tenga claro que la
remuneración, para todo efecto legal, es el íntegro de lo que el trabajador
recibe por sus servicios, en dinero o en especie, sin interesar la forma o la
denominación, siempre que sea de su libre disposición.
¿En qué consisten
las deducciones y cuáles son? Se puede decir que estas se dividen en tres
secciones: ingresos, deducciones y contribuciones.
El ingreso
corresponde a todos los conceptos por los que un empleado recibe una
remuneración, como son el salario, horas extras, comisiones, transporte,
recargos nocturnos y/o diurnos, entre otros. La suma de estos valores
constituye lo que se llama el total de ingresos que recibe un empleado como
remuneración por su trabajo.
Una vez
establecido el valor total que un trabajador ha ganado en una quincena o en un
mes, se resta los conceptos que por obligación el empleador debe pagar, ya sea
a la empresa o a terceros.
Libre elección
Los principales
descuentos que le corresponden al trabajador son su aporte pensionario, el que
puede elegir entre el Sistema Nacional de Pensiones, que es 13% de sus
conceptos remunerativos; o el sistema privado de pensiones (AFP), que varía sus
porcentajes, dependiendo de la administradora de fondos de pensiones que se
elija.
El otro descuento
que te realizarán es el correspondiente a las rentas de quinta categoría. Estas
rentas son generadas por los trabajadores dependientes, cuyo monto proyectado
de remuneraciones, incluidas gratificaciones, participaciones, gratificaciones
extraordinarias y otros ingresos que percibirán durante el periodo de un año,
supere el monto equivalente a 7 UIT.
El encargado de
efectuar las retenciones por renta de quinta categoría es el empleador, quien a
su vez está obligado a declarar y efectuar el pago de dicho impuesto.
En cuanto a los
aportes por Essalud, estos corresponden al empleador, y es él quien tiene que
asumirlo.
Boletas de pago
– La boleta es un
recibo de salario en el que la empresa acredita el pago de las diferentes
cantidades que forman nuestro sueldo y en el que quedan registradas también las
deducciones que se realizan sobre el salario. Las empresas están obligadas por
ley a entregar este documento.
–Este debe
incluir los datos de la empresa, es decir, el nombre o razón social, el
domicilio y el número de la Seguridad Social, mientras que del trabajador debe
figurar el nombre y apellidos, número de la Seguridad Social, categoría
profesional y el cargo que ocupa en la empresa. También debe incluir la
antigüedad, pues esto puede determinar ascensos, premios y sobre todo las
indemnizaciones en casos de despido.
Ingresos inafectos
–Las
indemnizaciones previstas por las disposiciones laborales.
–Las
compensaciones por tiempo de servicios (CTS), previstas por las
disposiciones vigentes.
–Las rentas
vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, tales
como jubilación, montepío e invalidez.
–Los subsidios
por incapacidad temporal, maternidad y lactancia.
Otros descuentos
–El descuento por
permiso se calcula de acuerdo con el promedio del salario por horas del
trabajador.
–El descuento por
tardanza se calcula por horas, es decir, si el trabajador llega pasado los
minutos de tolerancia se considera tardanza y se descuenta el total por hora
(Se tiene como tolerancia cinco minutos, pero esto varía de acuerdo a cada
empresa).
–La empresa no
puede descontar o retener valor alguno del salario a un empleado sin su
consentimiento expreso, a no ser que medie orden judicial.
–Es recomendable
conservar todas las boletas. No solo para probar que hemos trabajado, sino para
prevenir posibles fraudes de la empresa o errores de la administración.
Para adolescentes - Autorización de trabajo
La autorización
de trabajo para adolescentes es un procedimiento realizado por el Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, mediante el cual se otorga una constancia de
permiso a las y los adolescentes, a fin de lograr su inserción en el mercado
laboral, debiendo previamente cumplir con ciertos requisitos. Este
procedimiento está a cargo de la Subdirección de Promoción y Protección de
los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo
ubicada en el tercer piso, oficina N° 308 del Ministerio de Trabajo. Está
dirigido a los adolescentes de 14 a 17 años de edad, los que deberán
presentar:
- Copia de la partida de nacimiento o Documento Nacional de Identidad.
- Certificado médico otorgado por un hospital o posta médica del Ministerio de Salud o Essalud donde acredite la capacidad física, mental y emocional de los jóvenes para realizar el trabajo (gratuito).
- Copia del carné escolar o libreta de notas, de la constancia de estudios o certificados de estudios.
- Dos (2) fotografías tamaño carné tomada en cualquier estudio fotográfico.
- Copia del documento de identidad del padre, madre, familiar o tutor.
- Nombre o razón social y domicilio del empleador y número de Registro Único de Contribuyente.
- El costo de este trámite es totalmente gratuito.