El anhelado proceso de devolución de aportes a los fonavistas sigue su curso. La Comisión Ad Hoc, encargada de este proceso, ha anunciado la formación del cuarto grupo de reintegro, generando gran expectativa entre miles de exaportantes. Si eres fonavista o heredero de uno, esta información es crucial para ti.
En este artículo, desglosamos los puntos clave que debes conocer sobre esta nueva etapa de pagos, desde quiénes son los beneficiarios hasta cómo se realiza la devolución.
¿Quiénes se benefician con este nuevo grupo de pagos?
A diferencia de las listas previas, este grupo no incluye a fonavistas que cobran por primera vez. En su lugar, está enfocado en aquellos que ya figuraban en los grupos de pago 1 al 19 y que aún tienen un saldo pendiente por cobrar. Es, en esencia, un "reintegro" de los montos que faltan por saldar.
El padrón de beneficiarios es amplio e incluye:
Fonavistas vivos: Se ha priorizado a los exaportantes mayores de 68 años (con esta edad cumplida al 31 de julio de 2025).
Herederos de fonavistas fallecidos: Se incluye a quienes habrían cumplido 89 años o más al 31 de julio de 2025.
¿Cómo y dónde se realiza el cobro?
El proceso de pago se centraliza en el Banco de la Nación, a través de sus ventanillas. Es fundamental saber que los pagos no caducan, por lo que, una vez que el beneficiario figura en la lista, puede acercarse a cobrar en cualquier momento.
Para los fonavistas vivos, el proceso es simple: solo necesitan acudir a cualquier agencia del Banco de la Nación con su DNI.
Para los herederos, el proceso es diferente y requiere de una acreditación previa. Deberán presentar una serie de documentos para validar su derecho al cobro. Es importante destacar que los pagos a herederos se realizarán una vez que sus trámites hayan sido validados, lo que podría tomar hasta 60 días.
¿Cómo saber si estás en la lista?
Verificar si eres beneficiario del cuarto grupo de reintegro es un proceso sencillo y completamente gratuito. Solo necesitas acceder al portal web oficial de la Secretaría Técnica del FONAVI:
Una vez allí, simplemente introduce tu número de DNI y el sistema te informará si te encuentras en el padrón de beneficiarios.
Trámites y requisitos para herederos
El proceso para que los herederos puedan cobrar es riguroso, pero necesario para asegurar una devolución justa. Deben presentarse en el Banco de la Nación con la siguiente documentación:
Declaración Jurada: Un documento que certifique la condición de heredero.
Acta de Defunción del Fonavista: Una copia certificada del acta, con una antigüedad no mayor a 30 días.
Documentos que acrediten el vínculo: Partidas de matrimonio, nacimiento u otros documentos que validen la relación familiar con el fonavista fallecido.
Es importante recordar que existe un orden de prelación para los herederos, siendo el cónyuge la primera opción, seguido por los hijos, padres y, finalmente, hermanos o quienes acrediten la sucesión intestada.
Un proceso transparente y gratuito
Uno de los puntos más importantes a recalcar es que todo el proceso de devolución es totalmente gratuito. Los fonavistas no deben dejarse engañar por tramitadores que les ofrezcan agilizar el cobro a cambio de un pago.
Con un fondo inicial de aproximadamente 281 millones de soles, este cuarto grupo de reintegro es un paso más en el compromiso de devolver a los fonavistas la totalidad de sus aportes, basándose en una nueva fórmula de cálculo que busca ser más justa con los trabajadores que contribuyeron a este fondo a lo largo de los años.
Si tienes dudas, la vía más segura es consultar las fuentes oficiales. ¡No pierdas la oportunidad de recuperar lo que te pertenece!
