Consejo de Ministros aprobó reglamento de moratoria para ingreso de transgénicos


El Consejo de Ministros aprobó el reglamento de moratoria de diez años para impedir, durante ese lapso, el ingreso y la producción en el país de organismos vivos modificados (OVM), conocidos como transgénicos, informó hoy el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal.

Sostuvo que este hecho muestra el compromiso del gobierno en preservar la biodiversidad y los cultivos nativos y responde a las demandas de la población en general y en especial a la que se dedica a la producción de estos cultivos.

“Esto confirma la importancia que para este gobierno tiene la diversidad biológica, los cultivos nativos y los campesinos del Perú que se dedican a los cultivos nativos y a la biodiversidad”, dijo en conferencia de prensa con el presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez Mayor.

Explicó que el reglamento contempla todos los elementos de institucionalidad vinculados al control de transgénicos y refuerza el concepto de Comisión Multisectorial, creada por ley y en la cual el Ministerio del Ambiente (Minam) tiene la presidencia y el Concejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), ejerce la secretaria técnica.

En esta comisión también participan el Ministerio de Agricultura (Minag), el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), el Ministerio de la Producción, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y diversas instituciones privadas como la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep).

Pulgar Vidal destacó que el reglamento establece claramente mecanismos de control y supervisión, incidiendo en el control aduanero.

“En el tema de moratoria, al ingreso de transgénicos por diez años, lo que hay que fortalecer son los mecanismos de control, especialmente aduaneros. El reglamento aprobado el día de ayer en el Consejo de Ministros establece con claridad estos elementos”, acotó.

Aseguró que el reglamento también tipifica con claridad las infracciones y establece las sanciones para aquellos que pretenden ingresar un OVM al territorio nacional.

“Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves y las sanciones pueden llegar a multas no mayores a 10,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y/o a decomiso temporal o definitivo y en este último caso la destrucción de lo decomisado”, dijo.

En lo que respecta a la construcción de capacidades, el reglamento establece tres líneas, estando la primera a cargo de Minam a través del programa del conocimiento de conservación de recursos genéticos nativos con fines de bioseguridad.

Además, contempla el programa de biotecnología y desarrollo competitivo, a cargo del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) y finalmente un proyecto especial, a cargo de Concytec, para el fortalecimiento de capacidades científicas y tecnológicas en biotecnologías.

“La ley que tenemos vigente y ahora el reglamento establecen una moratoria de diez años y esta tiene que significar un uso eficiente y eficaz de este plazo para fortalecer nuestras propias capacidades y nuestra capacidad científica en procesos de biotecnología sobre nuestros recursos nativos. Por tanto, no debemos esperar a que se venzan los diez años para empezar a fortalecernos”, expresó.

Finalmente, otro elemento fundamental del reglamento es la construcción de una línea base sobre asuntos de diversidad biológica y la acreditación de laboratorios que finalmente son los que determinarán si existe la presencia de un OVM en algún producto que se pretenda ingresar al país.

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