Fiscalía: Cárcel a morosos alimentarios

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Fuente: El Peruano

Unos 5,169 padres fueron detenidos por no pagar la pensión alimenticia de sus hijos, en el período enero 2011-junio 2012, según datos del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad (Renadespple) del Ministerio Público.

De ese total, 3,476 fueron detenidos durante el año 2011, y 1,693 de enero a junio de este año, a escala nacional, informó la presidenta de este registro, Virginia Alcalde Pineda. 

Agregó que hasta marzo pasado 864 padres fueron detenidos, de los cuales 646 obtuvieron su libertad tras pagar la pensión alimenticia, mientras que los otros 218 quedaron internados en las cárceles. "El problema no era su capacidad de pago, sino la falta de voluntad para cumplir sus obligaciones", dijo.

Para disminuir las preocupantes cifras de la omisión a la asistencia familiar, el Ministerio Público, a través de las Fiscalías de Familia, procura la conciliación de alimentos, dijo la magistrada durante su participación en el programa Los Fiscales.

"De no concretarse, mediante las Fiscalías Penales se formaliza la denuncia por el delito de omisión a la asistencia familiar, a fin de proteger el derecho de subsistencia del hijo, cuyo incumplimiento puede hacer peligrar su salud e integridad física e incluso sus posibilidades de desarrollo", subrayó.

Afirmó que Renadespple concentra toda la información de la población detenida mediante las instituciones que la conforman, especialmente la Policía Nacional y el Poder Judicial, contribuyendo a la labor tanto del fiscal como del juez para lograr las medidas que sean necesarias.

Según el Ministerio Público, ahora los magistrados ya están poniendo una pena efectiva en el caso de incumplimiento reiterado, porque no solo se trata del incumplimiento de un monto monetario, sino que también perjudica a los menores de edad, al poner en riesgo su salud e integridad o truncar su proyecto de vida.

Montos pueden variar
El monto de la pensión no es fijo  y las sentencias pueden variar si las necesidades del alimentista han aumentado. En ese caso, se tendrá que llevar a un aumento de la pensión.

Pero si el padre disminuye su capacidad económica, también podrá descender la pensión de alimentos. Ambos serán mediante un proceso judicial.

En caso de que el padre deba cumplir obligaciones con más de un hijo, puede darse la figura del prorrateo. 

Mientras que si el obligado se encuentra impedido físicamente para trabajar, la ley contempla que se puede recurrir a sus familiares para que cumpla con la obligación alimentaria.

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