Inversionistas podrán vender y comprar acciones desde sus casas u oficinas

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La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) informó hoy que ha sometido a proceso de consulta ciudadana el proyecto de Reglamento del Acceso Directo al Mercado (ADM).

Explicó que este proyecto permitirá a los inversionistas ingresar directamente sus órdenes en el sistema de negociación electrónico de la Bolsa de Valores de Lima (BVL), con autorización y bajo responsabilidad de un intermediario bursátil, lo cual contribuirá a agilizar e impulsar la negociación.

El proyecto plantea los lineamientos generales para la implementación del ADM, estableciendo los modelos a aplicar, las responsabilidades de cada una de las partes y los requisitos mínimos a tener en cuenta para un adecuado manejo de riesgos y salvaguardar el correcto funcionamiento del mercado de valores local.

La propuesta contempla la implementación del modelo ADM que permite a la sociedad agente de bolsa (SAB) otorgar a sus clientes la posibilidad de transmitir directamente órdenes al mercado desde su casa u oficina, manteniendo la SAB la responsabilidad sobre todo el proceso de intermediación.

Este modelo se puede aplicar de dos maneras. En el denominado “ruteo a través de la infraestructura del intermediario o ADM 1”, la SAB permite a determinados clientes a transmitir órdenes electrónicas hacia su infraestructura, desde donde son automáticamente transmitidas al mercado bajo su código.

Dichas órdenes serán transmitidas al sistema de negociación luego de pasar un proceso de verificación automático de los límites establecidos por la SAB de manera individual a cada uno de sus clientes.

Este ADM 1 requiere que la SAB cuente con su propio OMS (Order Management System, sistema electrónico desarrollado para ejecutar y gerenciar órdenes en tiempo real) para manejar y controlar las órdenes de sus clientes, el cual deberá estar integrado a sus sistemas.

En el denominado “Ruteo a través de la infraestructura de un proveedor o ADM 2”, la SAB permite a sus clientes usar su código de identificación para transmitir órdenes al mercado usando la infraestructura tecnológica desarrollada por un proveedor contratado por dicha entidad.

Al igual que en el ADM 1, dichas órdenes serán transmitidas al sistema de negociación luego de pasar un proceso de verificación automático de los límites establecidos por la SAB dentro de la infraestructura del proveedor.

En ambos casos la SAB mantendrá la capacidad de monitorear las órdenes internamente y de cancelarlas antes de que sean ejecutadas, diferenciándose únicamente en cómo se realiza el monitoreo.

En el ADM 1 el monitoreo lo realizará a través del OMS y en el ADM 2 a través de la infraestructura tecnológica del proveedor, a la cual tendrá acceso y podrá verificar las órdenes de sus clientes en tiempo real.

Con la finalidad de dotar de mayor seguridad al sistema (riesgo de negociación y de crédito), el proyecto incorpora los principios aplicables al ADM de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO).

De esta manera, el proyecto está alineado con las mejores prácticas y estándares internacionales de regulación sobre esta materia.

Así se establece que las SAB realicen un proceso de evaluación de sus clientes para confirmar que tienen el conocimiento suficiente de las reglas del sistema de ingreso de órdenes.

El cliente firmará una declaración jurada en la que manifestará que conoce las disposiciones aplicables al ADM, su funcionamiento y las reglas del mercado, entre otros puntos.

También se prevé que el cliente y la SAB firmen un acuerdo legalmente vinculante en el que se asegure la correcta identificación de las responsabilidades y derechos de cada una de las partes.

Asimismo, se busca asegurar que las SAB revelen a las autoridades de mercado, a petición y de manera oportuna, la identidad de sus clientes con la finalidad de facilitar la vigilancia del mercado.

Además, se cautela que las SAB accedan a la información de pre y post negociación (en tiempo real), lo que les permitirá implementar un adecuado monitoreo y control de riesgos.

El proyecto plantea una serie de disposiciones orientadas a asegurar que las SAB apliquen controles, incluyendo controles automáticos pre negociación, que permitan limitar o prevenir a un cliente de ejecutar una orden que exceda una posición actual del intermediario o sus límites de crédito.

Finalmente, dichas entidades deberán acreditar una capacidad operacional técnica adecuada para manejar apropiadamente el riesgo que plantea el ADM.

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